El Tribunal Constitucional examinará los procesos excepcionales de estabilización de la Ley 20/2021

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite una cuestión de inconstitucionalidad sobre las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021. La admisión no implica una declaración de inconstitucionalidad.

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite una cuestión de inconstitucionalidad sobre las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, utilizadas como fundamento de determinados procesos excepcionales de estabilización del empleo público.

La duda planteada afecta a su compatibilidad con los principios constitucionales de acceso al empleo público y con las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas.

Conviene subrayar algo importante: admitir una cuestión a trámite no equivale a declarar inconstitucional la norma. Significa que el Tribunal examinará la cuestión y deberá pronunciarse sobre ella.

La relevancia práctica es evidente, porque esas disposiciones han servido de apoyo a numerosos procesos de estabilización en distintas Administraciones.

La publicación del acuerdo de admisión puede consultarse en el BOE.