El Tribunal Superior de justicia de Andalucía dice No al pasaporte COVID para disfrutar del ocio
La Sala de lo contencioso-administrativo de Granada deniega la ratificación judicial del pasaporte covid para ael acceso a dichos lugares por entender que no cumple el juicio de idoneidad ni necesidad para implantar una medida que afecta al derecho a la intimidad y al derecho a la no discriminación.
Elauto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA en Granada deniega la ratificación judicial de la medida recogida en la Orden de 5 de agosto que limita el acceso al interior de los establecimientos de esparcimiento y de hostelería con música a aquellas personas que puedan acreditar estar en posesión del certificado COVID o acreditación de PCR o test de antígenos negativo en las últimas 72 horas.