Imagen del AVE (Fomento.es)
Resuelta la apelación del caso de las comisiones ilegales cobradas con motivo de los contratos del AVE: acuerdos secretos, cantidades millonarias por servicios inexistentes, empresas fantasmas, blanqueo de dinero, paraísos fiscales…
Concurren en el caso todos los ingredientes para una novela, a la que podrían preceder años de investigación para sacar y dar respuesta a los interrogantes planteados.
La sentencia del Tribunal Supremo de 4 de noviembre de 2008, Sala de lo Penal, resuelve diversos recursos de casación por infracción de ley, de preceptos constitucionales y quebrantamiento de forma, interpuestos por el Ministerio Fiscal, el Partido Popular y otros contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 17, que en su día condenó a algunos de los procesados como responsables criminalmente de un delito continuado de falsedad en documento mercantil. También se absuelve a otros acusados por el instituto de la cosa juzgada (ya habían sido condenados por el mismo delito en la sentencia 1/1997 dictada por el Tribunal Supremo en la causa especial núm 88/1991). En la sentencia apelada se absolvió también a los acusados de delitos contra la Hacienda Pública y del delito de cohecho, y las empresas SIEMENS SA, GMP CONSULTORES, ROLME SL, ATACIR SA, PART-MIX SA, TECNOLOGIA INFORMATICA 2020, DISTRIBUIDORA 2020, que habían sido “acusadas” como responsables civiles subsidiarias.
La impresión que se tiene leyendo la sentencia es que en muchas ocasiones se pretende que el derecho penal resuelva temas que no puede resolver, ya sea por imperfecciones técnicas o lagunas del Código Penal o de la normativa procesal, o por la incapacidad de la Justicia para esclarecer hechos que dan lugar a multitud de procedimientos y que se investigan milagrosamente con más solvencia de la que cabía esperar, considerando los medios que se ponen a disposición de aquélla.
La pregunta por ello es si unos hechos que revelan un gravísimo caso de bandolerismo en torno a contratos públicos tan importantes y tramas que arrojaron sospechas sobre las instituciones públicas contratantes y dañaron la imagen de nuestro país no debieron ser investigados a fondo y tempestivamente en sede parlamentaria, dejando a los Tribunales la exigencia de responsabilidades penales y civiles...